Estar de baja médica no impide que la empresa le entregue una carta de despido, pero sí le impide despedirle por estar enfermo. La Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, incluye la enfermedad y la condición de salud entre los motivos de discriminación prohibidos, y un despido discriminatorio es nulo, lo que obliga a readmitirle y a pagarle los salarios de todo el tiempo que ha estado fuera. Si hay indicios de que la baja fue el motivo real, como una carta genérica que llega pocos días después del primer parte, es la empresa quien tiene que demostrar que el despido respondía a otra causa y que esa causa era cierta. Si el juez no aprecia discriminación y la empresa tampoco prueba lo que escribió en la carta, el despido es improcedente, y la empresa elige entre readmitirle o pagarle treinta y tres días de salario por año trabajado.
En Perseus & RC Abogados llevamos los asuntos laborales Ana María Reza Cortiñas, colegiada 6064 del Ilustre Colegio de Abogados de A Coruña y socia directora del área civil del despacho, y Luis Jurado Cano, colegiado 6317. Defendemos a trabajadores de A Coruña y del resto de Galicia frente a su empresa, desde la papeleta de conciliación hasta el recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Los pleitos de la ciudad los resuelven los juzgados de lo social de A Coruña, que con la reforma de la Ley Orgánica 1/2025 han pasado a ser secciones de lo social del Tribunal de Instancia.
Qué llevamos en el área laboral
Despidos
Un despido se impugna en veinte días hábiles, que empiezan a contar al día siguiente de la fecha de efectos de la carta, y lo que se cobra depende de que el juez lo declare procedente, improcedente o nulo. En despidos explicamos cómo se cuentan esos días, qué tiene que probar la empresa y cuándo el despido es nulo, y hay una calculadora para tener una primera cifra de la indemnización y la fecha límite de la papeleta antes de hablar con nadie.
Con sueldos altos cambian las cuentas. Si su contrato es de alta dirección, si tiene bonus, acciones o un pacto de no competencia, o si la empresa le propone una salida pactada, lo explicamos en despido de directivos. Y si vino de otro país a trabajar aquí, lo que pasa con su permiso de residencia y con la tributación de la indemnización está en trabajadores extranjeros.
Nóminas, finiquito y FOGASA
Las cantidades que le deben prescriben al año desde el día en que pudieron reclamarse, cada mensualidad por su cuenta, y generan un interés de demora del diez por ciento. Desde abril de 2025 la ley concreta además cuándo el impago permite pedir al juez que extinga el contrato con la indemnización del despido improcedente, que es cuando se le deben tres mensualidades completas en un año, aunque no sean seguidas, o cuando el sueldo llega con más de quince días de retraso durante seis meses. Si la empresa cierra o no tiene bienes, responde el Fondo de Garantía Salarial dentro de sus límites. Lo contamos en reclamación de salarios.
Incapacidad permanente
Cuando el INSS deniega la incapacidad permanente o reconoce un grado inferior al que usted necesita, hay treinta días desde la notificación para presentar la reclamación previa, y otros treinta para demandar desde que la contestan o desde que pasan cuarenta y cinco días sin respuesta. El pleito se decide con los informes médicos puestos en relación con las tareas reales de su profesión, y lo explicamos en incapacidad permanente.
Acoso laboral
El acoso en el trabajo permite pedir al juez que extinga el contrato con la indemnización del despido improcedente y, por la vía de tutela de los derechos fundamentales, reclamar además una indemnización por el daño moral y los perjuicios sufridos. Lo difícil es probarlo, y en acoso laboral contamos qué pruebas se sostienen en un juicio y cuáles no.
Móvil, cámaras y control del ordenador
La empresa puede vigilar el trabajo, pero el acceso al ordenador y al móvil de empresa, las cámaras y la geolocalización están sujetos a las reglas de protección de datos, y la ley procesal no admite una prueba obtenida vulnerando derechos fundamentales. Qué puede controlar la empresa, qué vale como prueba y qué ocurre con un despido comunicado por WhatsApp lo explica Luis Jurado en laboral y tecnología.
Sanciones y cambios de condiciones
Una suspensión de empleo y sueldo o cualquier otra sanción se impugna en el mismo plazo de veinte días hábiles que el despido, y también aquí es la empresa la que tiene que probar los hechos. Un cambio de horario, de turnos, de jornada o de sueldo impuesto por la empresa se impugna en veinte días hábiles desde el día siguiente a la notificación, y si le perjudica puede optar por dejar la empresa con veinte días de salario por año trabajado, con un máximo de nueve mensualidades.
Antes del juzgado, la papeleta de conciliación
Casi todo pleito laboral contra una empresa privada empieza con una papeleta de conciliación ante la Sección de Mediación, Arbitraxe e Conciliación de la Xunta de Galicia, el SMAC. Presentarla detiene el plazo del despido, y los hechos que no se cuenten en ella no se pueden añadir después en la demanda, salvo que sean nuevos. Hay asuntos que no pasan por ahí, como las prestaciones de la Seguridad Social, las vacaciones o la tutela de derechos fundamentales, y cuando la empleadora es una Administración pública el camino previo es otro. Todo ello está en la papeleta de conciliación.
Los plazos del área laboral
| Qué quiere reclamar | Plazo | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Despido o fin de un contrato temporal | 20 días hábiles | Día siguiente a la fecha de efectos |
| Sanción disciplinaria | 20 días hábiles | Día siguiente a la notificación |
| Cambio de horario, turnos, jornada o sueldo | 20 días hábiles | Día siguiente a la notificación |
| Nóminas, pagas, horas extra o finiquito | 1 año | Día en que cada cantidad pudo reclamarse |
| Incapacidad permanente denegada | 30 días para la reclamación previa | Notificación de la resolución del INSS |
| Cobro ante el FOGASA | 1 año | Fecha del acta, la sentencia o la resolución que reconoce la deuda |
Los días hábiles excluyen sábados, domingos y festivos, pero en los pleitos por despido el mes de agosto cuenta. La papeleta de conciliación detiene los plazos de veinte días, que se reanudan después sin recuperar los días ya gastados, y hace que el plazo de un año vuelva a empezar.
La primera consulta
Traiga el contrato, las nóminas del último año, el informe de vida laboral, que se descarga en la sede electrónica de la Seguridad Social, y cualquier carta, correo o mensaje de la empresa sobre lo ocurrido. Con eso fijamos qué plazo le corre, calculamos lo que se le debe y le decimos con franqueza qué margen tiene. Antes de empezar le damos el presupuesto por escrito. Si la empresa le ha puesto delante un documento para firmar, no lo firme hasta que lo hayamos leído.
Quién lleva su asunto
Los asuntos laborales los llevamos juntos Ana María Reza Cortiñas, colegiada 6064 del ICACOR y socia directora del área civil de Perseus & RC Abogados, y Luis Jurado Cano, colegiado 6317 y licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla. Cuando un despido o un acoso se prueban con mensajes, correos, grabaciones o los registros de un programa de control, esa prueba la analiza Luis, que ha sido ponente sobre investigación digital en CyberCamp 2015 del INCIBE y en SECAdmin. Desde 2015 el despacho ha abierto más de 5.000 asuntos. Puede conocernos en nuestro equipo.
Dónde estamos
Rúa Torreiro 13, 3.º C, 15001 A Coruña. Teléfono +34 677 841 007. Atendemos a trabajadores de toda Galicia por teléfono y videollamada. Si le han entregado una carta esta semana, dígalo al llamar, porque lo primero que necesitamos es la fecha. Para trabajadores extranjeros que prefieren el inglés, esta página tiene su versión en inglés.
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Preguntas frecuentes
¿Me pueden despedir estando de baja médica?
Pueden entregarle la carta, pero no pueden despedirle por estar enfermo. La ley trata la enfermedad como un motivo de discriminación, y un despido por esa causa es nulo, con readmisión y los salarios de todo el tiempo transcurrido. Si hay indicios de que la baja fue el motivo real, la empresa tiene que probar que hubo otro y que era cierto. El plazo para reclamar es el mismo que en cualquier despido, veinte días hábiles.
La empresa me propone firmar la baja voluntaria o un acuerdo para irme, ¿qué pierdo?
Quien firma una baja voluntaria o una extinción de mutuo acuerdo no tiene, en principio, ni indemnización ni paro, porque la prestación por desempleo es para quien pierde el trabajo sin haberlo decidido. Un despido, en cambio, le deja en situación legal de desempleo desde el primer día. Antes de firmar un documento de ese tipo, enséñenoslo.
¿Necesito abogado para ir al juzgado de lo social?
En el juicio no es obligatorio, pero si quiere ir con abogado tiene que decirlo en la demanda, y si es la empresa la que anuncia que irá con abogado, usted puede designar uno en ese momento o pedirlo de oficio. Como trabajador, la ley le reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita en el orden social. Para recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia sí es obligatorio ir con abogado o graduado social.
Si pierdo el juicio, ¿tengo que pagar el abogado de la empresa?
En el juicio ante el juzgado de lo social, no. El juez solo puede imponerle una multa si litiga de mala fe o con temeridad, o si no acudió sin causa a la conciliación, y la condena a pagar los honorarios del abogado contrario, hasta seiscientos euros, está prevista para la empresa. Si el asunto llega a recurso y usted lo pierde, tampoco paga las costas, porque como trabajador goza del beneficio de justicia gratuita.
Trabajo en Santiago, Ferrol o Lugo, ¿qué juzgado lleva mi asunto?
Como regla general, usted elige entre el juzgado del lugar donde trabaja y el del domicilio de la empresa. Si la empresa tiene su sede en A Coruña, puede demandar aquí aunque preste servicios en otra ciudad. Llevamos asuntos en toda Galicia y la primera conversación puede hacerse por videollamada.
Trabajo sin contrato por escrito o sin estar dado de alta, ¿puedo reclamar?
Sí. La ley presume que existe contrato de trabajo entre quien presta un servicio dentro de la organización de otro y quien le paga por ello, y el contrato que debía constar por escrito y no consta se presume indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario. Guarde los mensajes con quien le daba las órdenes, los pagos recibidos y el nombre de los compañeros que puedan declarar.
¿Me pueden cambiar el horario, el turno o el sueldo sin mi acuerdo?
Solo si hay razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que se puedan probar, y si el cambio es individual tienen que avisarle con quince días de antelación. Puede impugnarlo en veinte días hábiles desde que se lo notifican o, si le perjudica, dejar la empresa con veinte días de salario por año, con un máximo de nueve mensualidades. Si además se hizo sin seguir el procedimiento y menoscaba su dignidad, puede pedir la extinción con la indemnización del despido improcedente.