Un delito leve prescribe al año de haberse cometido, y en los golpes, las lesiones, las amenazas y las coacciones leves fuera de la pareja y la familia el juzgado no puede actuar si la persona agraviada no denuncia. Quien deja pasar ese año sin moverse pierde la posibilidad de que se juzgue lo que le hicieron y de cobrar en ese mismo juicio lo que le costó. Al denunciado la pasividad también le cuesta, porque si no acude a la vista el juicio puede celebrarse y resolverse sin él, y si no recurre en los cinco días siguientes a la notificación la sentencia queda firme.
En Perseus & RC Abogados preparamos estos juicios para las dos partes, la que denuncia y la denunciada, y quien va a la vista con usted soy yo, Luis Jurado Cano, abogado penalista colegiado con el número 6317 en el Ilustre Colegio de Abogados de A Coruña. El resto de lo que hacemos en penal está en la página de derecho penal.
Qué es un delito leve y cómo se castiga
Son delitos leves los que la ley castiga con penas leves, casi siempre una multa. Entran aquí las lesiones que solo necesitan una primera asistencia médica, los golpes sin lesión, las amenazas y coacciones leves y, si no hay agravantes, los hurtos, estafas y daños de 400 euros o menos. Si el golpe o la lesión se producen dentro de la pareja o la familia, ya no es un delito leve y la pena puede ser de prisión. Los delitos leves los juzga el juzgado de instrucción en un juicio corto, de una sola sesión. Cuando la policía interviene en el momento, por ejemplo en un hurto en una tienda o en una pelea, puede citar a todos directamente ante el juzgado de guardia para que el juicio se celebre ese mismo día si el juez lo considera posible. Si lo que le atribuyen es un delito castigado con prisión y le citan también a la guardia, el procedimiento es otro, el juicio rápido.
La multa se calcula por días. El juez decide cuántos y cuánto vale cada uno, entre 2 y 400 euros, según los ingresos, el patrimonio y las cargas familiares del condenado. Si no se paga, se convierte en un día de privación de libertad por cada dos días de multa pendientes, que en los delitos leves puede cumplirse con localización permanente. En las amenazas, coacciones e injurias leves contra la pareja, la expareja o un familiar cercano las penas son otras, la localización permanente en un domicilio alejado del de la víctima, los trabajos en beneficio de la comunidad o, solo en algunos casos, la multa.
Si el denunciado es usted
Con la citación le llega copia de la denuncia y un aviso de que puede ir con abogado y de que debe llevar las pruebas que quiera usar. La ley no le obliga a ir con abogado, salvo en los delitos leves cuya multa puede llegar a seis meses o más. Aun así, conviene ir preparado, porque todo se decide en una sola sesión. En la vista se lee la denuncia, declaran los testigos de quien le acusa, después declara usted y presenta sus pruebas, y el juez dicta sentencia al terminar o en los tres días siguientes. Lo que no se aporte ese día no lo tendrá en cuenta.
Si no se presenta y consta que le citaron en forma, el juicio se celebra sin usted, salvo que el juez considere necesaria su declaración, y además puede imponerle una multa de 200 a 2.000 euros por no comparecer sin causa justa. Si vive fuera del partido judicial del juzgado, no está obligado a ir y puede mandar al juez un escrito con su defensa o dar poder a un abogado para que presente en la vista sus alegaciones y sus pruebas.
Antes de la vista hay salidas que conviene mirar. En las lesiones, amenazas y coacciones leves que solo se persiguen si el agraviado denuncia, su perdón expreso antes de la sentencia pone fin al asunto, salvo que la víctima sea menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección. En los hurtos, estafas y daños de poca cuantía el fiscal puede pedir el archivo cuando el hecho es de muy escasa gravedad, se ha reparado el daño y el perjudicado no ha denunciado. Por eso, antes de la vista, valoro con usted si conviene reparar el daño o hablar con la otra parte, siempre a través de los abogados.
Si le condenan, tiene cinco días desde la notificación para apelar ante la Audiencia Provincial, y contra lo que ella resuelva ya no cabe otro recurso. Lo cuento con más detalle en qué se juega y qué debe decidir el denunciado por un delito leve.
Si es usted quien denuncia
El año cuenta desde el día de los hechos, no desde que usted decide moverse. Denuncie con lo que tenga y pida el parte médico el mismo día de la agresión, porque una lesión que no se documenta a tiempo es difícil de probar después. Los testigos puede llevarlos usted el día del juicio o pedir antes que se les cite.
En los delitos leves que solo se persiguen con denuncia del agraviado, el fiscal puede dejar de asistir al juicio siguiendo las instrucciones de la Fiscalía General del Estado. Entonces la declaración del denunciante afirmando los hechos vale como acusación, y la prueba la tiene que llevar usted, desde el parte médico hasta los mensajes o el testigo que lo vio. Cuando las amenazas llegaron por WhatsApp o por redes sociales, la forma de aportar esos mensajes decide si resisten una impugnación. Es la parte técnica que más cuidamos, y sobre investigación digital he sido ponente en CyberCamp 2015 del INCIBE. La explico en por qué la prueba electrónica decide los juicios, y sobre qué amenazas llegan a ser delito escribí en le amenazan o le coaccionan.
Tenga presente la denuncia cruzada. Si hubo golpes o amenazas por las dos partes, es frecuente que la otra persona también le denuncie y que usted llegue al juicio como denunciante y como denunciado a la vez. Lo trato en lo que se juega en un juicio por delito leve. En ese mismo juicio se reclama la indemnización por los días de curación, el móvil roto o lo que le quitaron, sin necesidad de demandar aparte.
Lo que deja una condena por delito leve
Deja antecedentes penales, que se pueden cancelar a los seis meses de extinguida la pena si no se vuelve a delinquir, como explico en cómo cancelar los antecedentes penales. Mientras siguen vigentes constan en el certificado que exigen algunos empleos y oposiciones. Lo que la ley no permite es usarlos para agravar la pena de un delito posterior ni para negar la suspensión de una futura pena de prisión.
Las excepciones son el hurto y la estafa. Desde la reforma del Código Penal de abril de 2026, quien ya ha sido condenado por al menos tres delitos de la misma naturaleza, siendo alguno de ellos leve, responde por el siguiente hurto o la siguiente estafa de 400 euros o menos con prisión, de seis a dieciocho meses en el hurto y de seis meses a tres años en la estafa, sin que importe cuánto sumaban los anteriores. Para esa cuenta no valen los antecedentes cancelados o que ya deberían estarlo. En quien tiene alguna condena previa por hurto o estafa, defender bien el juicio leve y pedir la cancelación en cuanto se pueda tiene consecuencias muy concretas.
Dónde estamos
Rúa Torreiro 13, 3.º C, 15001 A Coruña. Teléfono +34 677 841 007. Tenga a mano la citación y la fecha del juicio cuando llame. Si vive fuera, hablamos por videollamada y le decimos si le conviene ir o enviar a un abogado en su nombre.
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Preguntas frecuentes
Pasó hace unos meses, ¿todavía puedo denunciar una agresión leve?
Sí, mientras no haya pasado un año desde el día de los hechos, que es el plazo de prescripción de los delitos leves. Si la agresión causó una lesión leve o fue un golpe sin lesión, la denuncia tiene que ponerla usted, porque el juzgado no actúa por su cuenta. Cuanto antes lo haga, más fácil será conseguir el parte médico y localizar a los testigos.
¿Cuánto me pueden multar por un delito leve?
La multa se cuenta por días, normalmente entre uno y tres meses, y el juez fija lo que vale cada día según sus ingresos, su patrimonio y sus cargas familiares, entre 2 y 400 euros. A eso se suma la indemnización a la víctima, si la hay. Lleve al juicio sus nóminas o lo que acredite su situación económica, y si no puede pagar de una vez se puede pedir el pago a plazos.
Vivo fuera de A Coruña y me citan aquí a un juicio por delito leve, ¿tengo que ir?
Si reside fuera del partido judicial del juzgado, la ley no le obliga a ir. Puede enviar al juez un escrito con su versión o dar poder a un abogado para que le represente en la vista y presente sus pruebas. Un escrito no puede preguntar a los testigos de la otra parte, así que lo que más le protege es que vaya un abogado en su nombre.
Si llego a un acuerdo con quien me denunció por amenazas leves, ¿se acaba el juicio?
Puede acabarse. Las amenazas, coacciones y lesiones leves solo se persiguen si el agraviado denuncia, y su perdón expreso antes de la sentencia extingue el delito. No ocurre así cuando la víctima es su pareja, su expareja o un familiar de los que protege especialmente la ley, porque ahí no hace falta su denuncia, ni cuando es menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección. El acuerdo se busca a través de los abogados y nunca presionando a quien denunció, porque esa presión puede ser otro delito.
¿Un delito leve cuenta si más adelante me juzgan por otra cosa?
Por regla general no. Los antecedentes por delitos leves no sirven para agravar la pena de un delito posterior ni para impedir que una futura pena de prisión se deje en suspenso. La excepción está en los hurtos y las estafas, porque quien acumula tres condenas por delitos de la misma naturaleza, alguna de ellas leve, responde por el siguiente hurto o estafa de poca cuantía con prisión.
¿Qué pasa si no pago la multa de un delito leve?
Si no la paga ni voluntariamente ni por embargo, se convierte en un día de privación de libertad por cada dos días de multa sin pagar, que en los delitos leves puede cumplirse en localización permanente, en su domicilio o en el lugar que fije el juez. Si usted está de acuerdo, el juez puede sustituirlo por trabajos en beneficio de la comunidad. Antes de llegar ahí, pida el pago fraccionado.