Cómo cancelar los antecedentes penales

Qué son los antecedentes penales, cuándo se cancelan según la pena (art. 136 del Código Penal), qué requisitos hay que cumplir y cómo solicitar la cancelación.

Cumplir la condena no borra los antecedentes penales. Siguen constando durante un tiempo y reaparecen en el peor momento, en una entrevista de trabajo, en una oposición o al renovar un permiso, hasta que se cancelan. Y no siempre se cancelan solos, ni el día que uno cree.

Antecedentes penales y antecedentes policiales no son lo mismo

Conviene empezar por ahí, porque se confunden. Los antecedentes penales los genera una condena firme y constan en el Registro Central de Penados, dependiente del Ministerio de Justicia. Los antecedentes policiales son los ficheros que la policía elabora a partir de detenciones o investigaciones, y siguen su propio régimen. Cuando se habla de “borrar los antecedentes”, casi siempre se refiere a los penales, que son los que aparecen en el certificado de antecedentes.

Cuándo se pueden cancelar

La cancelación no es automática el día que se cumple la condena. Hacen falta dos cosas. Una, haber satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito, salvo insolvencia declarada. Otra, que transcurra un plazo sin volver a delinquir. Ese plazo depende de la gravedad de la pena impuesta, y lo fija el artículo 136 del Código Penal de forma escalonada, desde seis meses para las penas leves hasta diez años para las penas graves, con tramos intermedios para las penas menos graves según su duración.

El plazo se cuenta desde que la pena quedó extinguida, es decir cumplida, y no desde la sentencia. Y si durante ese tiempo se comete un nuevo delito, el cómputo se ve afectado. Por eso el momento exacto en que puede cancelar depende de su caso concreto, y merece la pena calcularlo bien antes de solicitarlo.

Cómo se solicita

Cumplidos los requisitos, la cancelación puede pedirse ante el Ministerio de Justicia, y en muchos casos el propio sistema la practica de oficio cuando concurren las condiciones. En la práctica no siempre se produce cuando debería, y no es raro que unos antecedentes que ya cumplían el plazo sigan constando en un certificado por no haberse tramitado. Revisar si procede la cancelación y, en su caso, instarla formalmente es lo que evita que un certificado le juegue una mala pasada en el peor momento.

Por qué importa que estén cancelados

Un antecedente cancelado deja de aparecer en el certificado ordinario de antecedentes penales, el que suelen pedir para un empleo o un trámite. Además, los antecedentes cancelados, o que debieron cancelarse, no deben tenerse en cuenta como agravante de reincidencia en un procedimiento posterior. Que consten o no cancelados no es un detalle burocrático, sino algo con consecuencias reales, tanto en la vida laboral como en un eventual nuevo proceso.

En el despacho revisamos la situación de sus antecedentes, calculamos si ya procede la cancelación y la tramitamos desde el derecho penal. Si no sabe si sus antecedentes ya deberían estar cancelados, puede escribirnos desde la página de contacto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tardan en cancelarse los antecedentes penales?

Depende de la pena. El artículo 136 del Código Penal fija plazos escalonados, desde seis meses para las penas leves hasta diez años para las graves, con tramos intermedios para las menos graves según su duración. El plazo se cuenta desde que la pena quedó extinguida, no desde la sentencia, y exige no haber vuelto a delinquir.

¿Se cancelan solos o hay que pedirlo?

En muchos casos el sistema los cancela de oficio al cumplirse las condiciones, pero no siempre ocurre cuando debería. No es raro que sigan constando antecedentes que ya cumplían el plazo. Por eso conviene comprobarlo y, si procede, instar formalmente la cancelación.

¿Un antecedente cancelado aparece en el certificado de antecedentes penales?

No en el certificado ordinario que se pide para un empleo o un trámite. Además, los antecedentes cancelados no deben computarse como agravante de reincidencia en un procedimiento posterior.

¿Qué diferencia hay entre antecedentes penales y policiales?

Los antecedentes penales derivan de una condena firme y constan en el Registro Central de Penados. Los policiales son ficheros que elabora la policía a partir de detenciones o investigaciones y siguen su propio régimen. El certificado de antecedentes penales recoge los primeros.