Estafas · A Coruña

Abogado en A Coruña si prestó su cuenta y le investigan por blanqueo

Recibió una transferencia y la reenvió, dejó su cuenta a alguien o la vendió, y ahora le citan por estafa o por blanqueo. Le defendemos desde la primera declaración y negociamos lo que se le reclama.

Quien presta su cuenta para recibir una transferencia y reenviarla suele pensar que, como no engañó a nadie, no ha cometido ningún delito. El Código Penal castiga también a quien mueve dinero de origen delictivo por una imprudencia grave, sin preguntarse de dónde venía cuando las señales estaban a la vista, con prisión de seis meses a dos años y una multa de entre una y tres veces el importe movido. Y al margen de la pena, a esa persona se le reclama la devolución del dinero, porque muchas veces su nombre es el único que la víctima y el juzgado llegan a conocer.

En Perseus & RC Abogados defiendo a quienes están en esa situación. Soy Luis Jurado Cano, abogado penalista, colegiado 6317 del Colegio de Abogados de A Coruña, y fui ponente sobre investigación digital en CyberCamp 2015 del INCIBE. Estos casos nacen casi siempre de una estafa por internet cuyo dinero alguien tiene que cobrar, y reconstruir ese recorrido del dinero es parte de la defensa. La página general de estafas explica el otro lado, el de quien perdió el dinero.

Cómo se llega a tener la cuenta en una estafa ajena

El camino más conocido es la oferta de empleo. Una empresa que dice estar en el extranjero busca un «agente de pagos» o un «gestor financiero» que trabaje desde casa, recibe el dinero de supuestos clientes en su cuenta, se queda un porcentaje y envía el resto por otra transferencia, por una empresa de envíos de dinero o comprando criptomonedas. Hay contrato, página web y a veces una entrevista por videollamada. Otras veces quien pide la cuenta es un conocido o un familiar que dice tenerla bloqueada, o una pareja conocida por internet que necesita ayuda para recibir una herencia o un pago.

También llega aquí quien vendió o alquiló su cuenta, su tarjeta o sus claves por una cantidad fija, y quien abrió una cuenta a su nombre para entregársela a otro. En todos los casos el dinero que entra procede de una víctima de phishing, de una inversión falsa o de una estafa de alquiler como la del piso que no existe. La víctima denuncia, el juzgado pide al banco quién es el titular de la cuenta que recibió el dinero y aparece usted. Por eso la citación suele llegar meses después y a menudo de un juzgado de otra provincia, la de la víctima.

Blanqueo por imprudencia, a sabiendas o parte de la estafa

Según lo que usted supiera, el mismo hecho puede calificarse de tres maneras. Si sabía que el dinero venía de un delito, es blanqueo del artículo 301 del Código Penal, castigado con prisión de seis meses a seis años y multa. Si no lo sabía pero actuó con una imprudencia grave, porque las señales eran tan claras que cualquiera en su lugar habría desconfiado, es blanqueo por imprudencia grave, con la pena más baja de la que hablaba al principio. Y a veces la acusación le trata como partícipe en la propia estafa, por haber puesto la cuenta a disposición del estafador.

Los tribunales no condenan por el solo hecho de ser el titular de la cuenta. Tiene que probarse que usted sabía o que tenía motivos claros para sospechar, y ahí se mira todo lo que rodeó al encargo. Pesan en contra una comisión desproporcionada para un trabajo tan simple, remitentes que usted no conocía, la prisa, la orden de sacar el dinero en efectivo o de convertirlo en criptomonedas y los avisos del banco que se ignoraron. Pesan a favor que la oferta pareciera real y usted actuara con su nombre, sin esconder nada, que dejara de hacerlo en cuanto el banco le avisó, que colaborara con la policía y su propia situación, su edad, su formación o su necesidad de trabajo. Quien vendió la cuenta lo tiene más difícil, porque cuesta explicar para qué pagaría alguien por usar una cuenta ajena si no es para esconderse detrás de ella.

El dinero que le van a reclamar

Si hay condena, la sentencia le obliga a devolver a la víctima lo que pasó por su cuenta, junto con los demás responsables, aunque usted lo reenviara casi entero y solo se quedara una pequeña comisión. Esa devolución es independiente de la multa, que se calcula sobre el mismo importe. Si le absuelven, puede tener que devolver al menos lo que se quedó, porque la ley obliga a restituir a quien se benefició de los efectos de un delito aunque no lo cometiera.

Antes de todo eso, el banco suele bloquear la cuenta en cuanto recibe el aviso de fraude del banco de origen, y los bancos están obligados a comunicar las operaciones sospechosas a las autoridades de prevención del blanqueo. Lo que quede en la cuenta no es suyo y no conviene tocarlo. Devolver lo que se pueda antes del juicio rebaja la pena, y si la condena no pasa de dos años y usted no tiene antecedentes, el pago o el compromiso de pagar según sus ingresos es lo que permite que no entre en prisión. Lo que la víctima puede reclamar, y por qué acaba reclamándoselo a menudo al titular de la cuenta, lo expliqué en ciberestafa, cómo recuperar el dinero y qué debe devolver el banco.

Qué hacer desde hoy

Deje de recibir y de reenviar dinero desde este momento, aunque quien le contrató insista o le amenace con reclamarle. No saque en efectivo lo que siga en la cuenta ni lo mueva. Guarde la oferta de trabajo, el contrato, los correos, los chats, los perfiles de quienes le escribían y los justificantes de cada transferencia recibida y enviada, porque esa documentación es la base de su defensa y demuestra el engaño que sufrió usted. A veces conviene presentar su propia denuncia contra quien le captó, y lo valoramos en cada caso.

No acuda a declarar ante la policía ni ante el juzgado sin abogado y sin haber visto antes el expediente. En la primera declaración se fija su versión, y en estos asuntos lo que se diga ese día sobre qué sabía y qué sospechaba decide si el caso se queda en imprudencia, se archiva o pasa a blanqueo a sabiendas. Si le han denunciado por estafa por otros motivos, la defensa general está en la página de denunciado por estafa.

Dónde estamos

Rúa Torreiro 13, 3.º C, 15001 A Coruña. Teléfono +34 677 841 007. Si la citación viene de otra provincia o vive lejos, empezamos por teléfono o videollamada, y a veces la declaración puede hacerse desde el juzgado de su domicilio.

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Preguntas frecuentes

Me ofrecieron un trabajo desde casa recibiendo transferencias y reenviándolas, ¿es legal?

No. Ninguna empresa legítima necesita la cuenta personal de un particular para mover su dinero, y ese supuesto empleo consiste en hacer pasar por su cuenta el dinero de estafas. Quien lo hace puede ser investigado por blanqueo aunque no conociera el origen del dinero, si tenía motivos para sospechar. Si ya lo ha hecho, deje de hacerlo hoy y guarde toda la conversación con quien le contrató.

Vendí mi cuenta bancaria, ¿qué me puede pasar?

Puede ser investigado por blanqueo de capitales, a sabiendas o por imprudencia, o como partícipe de las estafas que se cometieron con ella, y tener que devolver el dinero que pasó por la cuenta. Quien la vendió tiene más difícil sostener que no sospechaba nada. Además, quien la compró tiene sus datos y puede seguir usándolos a su nombre.

El banco me ha bloqueado la cuenta después de recibir una transferencia, ¿qué hago?

No saque ni mueva ese dinero y pida por escrito al banco el motivo del bloqueo. Lo habitual es que el banco de origen haya avisado de un posible fraude. Guarde todo lo que explique por qué recibió esa transferencia y hable con un abogado antes de dar explicaciones a la policía, porque esa conversación puede ser el inicio de una investigación contra usted.

Si no me quedé con el dinero, ¿tengo que devolverlo?

Si le condenan, normalmente sí, porque la sentencia le obliga a devolver a la víctima lo que pasó por su cuenta aunque usted lo reenviara, junto con los demás responsables. Si le absuelven, puede tener que devolver al menos lo que se quedó como comisión, porque nadie conserva dinero que salió de un delito. Devolver antes del juicio rebaja además la pena.

¿Me pueden condenar si no sabía que el dinero venía de una estafa?

Sí, si el juez considera que tendría que haberlo sospechado, porque el blanqueo por imprudencia grave también es delito. La defensa consiste en demostrar que el engaño que sufrió usted era creíble y que no había señales claras que le obligaran a desconfiar. Decir que no lo sabía no basta sin nada que lo respalde.

Me citan por una transferencia de hace años, ¿no ha prescrito?

El blanqueo por imprudencia prescribe a los cinco años y el cometido a sabiendas a los diez, contados desde el día de los hechos. El plazo se interrumpe cuando el procedimiento se dirige contra usted, así que hay que comprobar las fechas del expediente antes de dar nada por prescrito.

¿Le citan por el dinero que pasó por su cuenta?

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