El error de todo el que recibe esta llamada es intentar resolverla sin colgar. La voz es la de su hijo, llora, dice que ha tenido un accidente o que le retienen en una comisaría, y pide dinero ahora. Usted quiere ayudar y quiere entender, y mientras hace preguntas sigue dentro de la llamada, que es exactamente donde el estafador le necesita. Nada de lo que ocurra en esa conversación le sirve para comprobar que es su hijo, porque la voz ya está falsificada. La única comprobación válida ocurre fuera de la llamada.
El segundo error lo comete quien ya ha pagado. Avergonzado o con la esperanza de que sea un malentendido, deja pasar el fin de semana antes de contarlo, vuelve a llamar al número desde el que le llamaron para reclamar, o borra los mensajes. El dinero enviado por Bizum o transferencia inmediata sale de la cuenta puente en minutos, y cada hora sin avisar al banco y sin denunciar es una hora en la que se pierde el rastro y se pierde la prueba. En el despacho llevamos estos asuntos y lo que sigue es lo que necesita saber quien ya lo ha sufrido, con el delito y sus artículos.
Cómo se fabrica la voz de su hijo
Los programas de síntesis de voz necesitan unos segundos de audio limpio para generar frases nuevas con el timbre, el acento y las muletillas de una persona. Ese audio sale de vídeos en redes sociales, de notas de voz reenviadas, de un pódcast o de una llamada previa en la que alguien ha grabado a su hijo con cualquier excusa. Con esa muestra, el estafador escribe lo que quiere que la voz diga y el programa lo pronuncia. Puede improvisar sobre la marcha si usted pregunta algo, aunque con retraso, y por eso las llamadas suelen ser cortas, con mucho llanto y con un tercero que toma el teléfono, un policía o un abogado falso, para llevar la conversación hacia el pago.
Las variantes son las mismas con distinto envoltorio. El mensaje de WhatsApp desde un número nuevo, «Mamá, se me ha roto el móvil, este es mi número nuevo», que acaba en una petición de transferencia. La llamada con la voz clonada del nieto o del hijo. La videollamada con el rostro y la voz del director de la empresa pidiendo al contable una transferencia urgente y confidencial. Un vídeo manipulado de un familiar en apuros. En todos los casos la mecánica jurídica es idéntica, alguien le engaña para que usted mismo mueva el dinero.
Las señales que se repiten
Urgencia extrema y una razón para que no pueda hablar con nadie. Número desconocido, oculto o extranjero, o el número habitual de su hijo falsificado, porque el identificador de llamada se puede manipular. Petición de que el pago se haga por un medio inmediato, Bizum, transferencia instantánea, tarjetas prepago o criptomonedas, a una cuenta que no es de su hijo con una explicación de por qué. Un interlocutor que le impide colgar o le pide que no cuelgue mientras hace la operación. Ninguna de estas señales, por sí sola, prueba nada. Juntas describen la llamada casi al completo.
Qué hacer mientras dura la llamada
Cuelgue. Llame a su hijo a su número de siempre, y si no contesta, a alguien que esté con él o pueda estarlo. No devuelva la llamada al número que le llamó, y no use ningún número que le hayan dado durante la conversación. Si su familia tiene una palabra acordada de antemano, pídala; si no la tiene, haga una pregunta cuya respuesta no esté en internet. Un estafador con voz clonada puede sostener una conversación corta, pero no conoce el nombre del perro que tuvieron hace veinte años.
No envíe nada mientras no haya hablado con su hijo por una vía que usted haya iniciado. No hay urgencia real que no aguante diez minutos.
Si ya ha enviado el dinero, las primeras horas
Lo primero es el banco, por el teléfono de fraude que figura en su tarjeta o en la aplicación, nunca por un número que le haya dado el estafador. Explique que ha hecho un pago bajo engaño y pida que intenten retener la operación y que comuniquen el fraude a la entidad receptora. Una transferencia ordinaria a veces aún no se ha ejecutado; un Bizum o una transferencia inmediata ya han llegado, pero el banco de destino puede bloquear la cuenta si se le avisa a tiempo. Cuánto se recupera por esta vía depende de la rapidez.
Lo segundo es conservar todo. El número desde el que le llamaron, la hora y la duración de la llamada tal como constan en su teléfono, los mensajes de WhatsApp o SMS con capturas completas que muestren el número y la fecha, el justificante del pago con el IBAN o el teléfono de destino, cualquier grabación si su teléfono la hizo, y una nota escrita por usted, ese mismo día, con lo que dijo la voz y lo que le pidieron. No borre la conversación, no bloquee el número hasta haberlo documentado y no vuelva a hablar con ellos. Si le llaman de nuevo, y suelen hacerlo para pedir más con otra excusa, no conteste.
Lo tercero es denunciar, en cuestión de días, no de semanas. Más abajo cuento dónde y con qué.
Qué delito es y qué pena tiene
Quien clona la voz de su hijo para que usted le envíe dinero comete un delito de estafa del artículo 248 del Código Penal. La estafa exige un engaño bastante para producir error en otro e inducirle a un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o ajeno. La voz sintética es el engaño, su convicción de que habla con su hijo es el error, y el Bizum o la transferencia que usted ordena es el acto de disposición. Encaja sin forzar nada.
La pena, en el artículo 249 del Código Penal, es de prisión de seis meses a tres años. Si lo estafado no supera los 400 euros, el delito es leve y la pena es de multa de uno a tres meses, aunque los tribunales suman las cantidades cuando el mismo grupo ha estafado a varias personas con el mismo método, como delito continuado, y el resultado deja de ser leve.
La defensa en estos casos intenta a veces sostener que la víctima fue descuidada y que el engaño no era bastante. Los tribunales miden el engaño en relación con la víctima concreta y con los medios empleados, y una voz sintetizada para sonar como su hijo está diseñada justamente para vencer la diligencia de cualquier padre.
El artículo cambia según quién ordene el pago. Si el engaño le lleva a usted a ordenarlo, es la estafa clásica del artículo 248. Si lo que consiguen con la llamada son sus claves o un código y son ellos quienes hacen la transferencia sin que usted la consienta, es la estafa informática del artículo 249.1.a), en la redacción vigente desde enero de 2023 por la Ley Orgánica 14/2022, que castiga la transferencia no consentida de un activo patrimonial obtenida mediante manipulación informática. La pena es la misma, pero la diferencia entre una operación que usted ordenó y otra que no consintió tiene consecuencias en la reclamación al banco, y por eso conviene fijar bien los hechos desde la denuncia.
Cuando lo defraudado supera los 50.000 euros, o el fraude ha afectado a un número elevado de personas, entra la estafa agravada del artículo 250, con prisión de uno a seis años y multa. Las redes que hacen estas llamadas rara vez se limitan a una víctima, y por eso las denuncias individuales, que aisladas parecen pequeñas, sirven para construir la causa grande.
Hay dos figuras por las que la gente pregunta y que en general no se aplican. La usurpación de estado civil del artículo 401, con pena de seis meses a tres años, exige que alguien se haga pasar por otra persona de forma completa y estable, no que use su voz en una llamada. Y hacerse pasar por policía o abogado en la misma llamada puede añadir un delito de usurpación de funciones del artículo 402, pero en la práctica lo que se persigue es la estafa, que es la que absorbe el daño.
Se puede denunciar aunque usted no haya pagado. Si colgó a tiempo, hay una estafa en grado de tentativa, artículos 16 y 62 del Código Penal, con la pena rebajada en uno o dos grados, y su denuncia aporta el número, la voz y el guion a una investigación que probablemente ya existe.
Dónde denunciar y qué llevar
La denuncia se presenta en cualquier comisaría de Policía Nacional o puesto de la Guardia Civil, o directamente en el juzgado de guardia. No es necesario que sea la comisaría de su barrio, aunque conviene por lo que explico sobre la competencia. Lleve su documento de identidad, el justificante de pago, las capturas de mensajes con número y fecha, el registro de llamadas de su teléfono y la nota de lo ocurrido. Si su hijo puede acompañarle y confirmar que no hizo la llamada, mejor, porque su declaración cierra la primera duda que se plantea cualquier investigador.
La denuncia se puede presentar sin abogado, y para cantidades pequeñas es lo razonable. Donde el abogado marca la diferencia es en lo que ocurre después, en que la denuncia describa la operación de forma que sirva frente al banco, en que se pida al juzgado desde el principio lo que hace falta pedir a las operadoras y a los bancos, y en que el perjudicado no se quede fuera del procedimiento.
Recuperar el dinero, dos caminos que no se excluyen
El primero es el proceso penal. Quien resulta condenado por estafa responde civilmente del daño, artículos 109 y siguientes del Código Penal, y la sentencia le condenará a devolver lo estafado. El problema es que el autor material, quien hizo la llamada, muchas veces no aparece. Sí suele aparecer el titular de la cuenta a la que usted envió el dinero, la llamada mula, una persona en España que cede o vende su cuenta para recibir y reenviar el dinero de otros. Esa persona puede ser condenada por blanqueo de capitales del artículo 301 del Código Penal, incluso en su modalidad imprudente, y responder civilmente de la cantidad que pasó por su cuenta. Es, con frecuencia, el único patrimonio al que se puede llegar.
El segundo camino es el banco. La normativa de servicios de pago obliga a las entidades a devolver las operaciones que el cliente no ha autorizado. Cuando la transferencia la ha ordenado usted mismo engañado, encajar el caso en esa obligación o en otras vías de responsabilidad de la entidad es una cuestión jurídica que se resuelve caso por caso, y que en el despacho estudiamos con los movimientos, los avisos que el banco dio o no dio y la forma en que se autorizó la operación. Cómo se plantea esa reclamación, y frente a qué entidad, es trabajo del abogado.
Cabe también reservar la acción civil, artículo 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y reclamar aparte al titular de la cuenta receptora. Esa reclamación no sigue el cauce del proceso monitorio, pensado para deudas documentadas, porque aquí no hay reconocimiento de deuda alguno. Se plantea como una acción por el daño causado o por enriquecimiento sin causa, y exige preparar la prueba de otra manera.
Si el estafador llamó desde el extranjero o con número oculto
Sirve denunciar igual, por razones concretas. La investigación persigue el dinero, no el número, que casi siempre es falso o alquilado, y el dinero pasa por una cuenta española o europea identificable. La competencia tampoco es un obstáculo. El Tribunal Supremo, al resolver los conflictos entre juzgados en estafas cometidas a distancia, viene atribuyendo la instrucción al juzgado del lugar donde la víctima hizo el acto de disposición, el lugar desde el que usted ordenó el pago. Una llamada desde otro país no le obliga a litigar fuera. Y la denuncia es lo que permite pedir a las operadoras y a los bancos los datos que identifican a la mula y, a veces, a quien está detrás.
Lo habitual, si no se identifica al autor en unos meses, es que el juzgado dicte un sobreseimiento provisional, artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Provisional significa que la causa se reabre si aparece algo nuevo, y con estas redes aparece con frecuencia, porque una detención en otra provincia por el mismo método arrastra las denuncias anteriores. Mientras tanto, el archivo no impide la reclamación al banco ni la acción civil contra el titular de la cuenta.
El plazo para que el delito prescriba, artículo 131 del Código Penal, es de cinco años para la estafa básica, de diez si es la agravada del artículo 250 y de un año si es un delito leve por no superar los 400 euros. Cuenta desde el día del pago. No es un plazo para denunciar, pero denunciar tarde reduce mucho lo que se puede recuperar.
La voz de su hijo también es de su hijo
Su hijo es perjudicado aunque no le hayan quitado un euro. Su voz es un dato personal y, cuando se utiliza para identificarle, un dato biométrico, con la protección reforzada que la normativa de protección de datos da a estas categorías. La Ley Orgánica 1/1982 protege el nombre, la voz y la imagen frente a usos no consentidos, y la Constitución garantiza en su artículo 18 el derecho a la propia imagen. Encajar una llamada de estafa en la intromisión ilegítima civil es discutible y rara vez compensa por sí solo, pero la condición de perjudicado de su hijo importa para el proceso penal, porque le permite declarar, personarse y pedir que se investigue de dónde salió el audio.
Si su hijo es menor, actúan por él quienes ejercen la patria potestad, artículos 154 y 162 del Código Civil. La ley de protección de datos exige el consentimiento de los padres para tratar los datos de los menores de catorce años, lo que abre la puerta a exigir a la plataforma la retirada de los vídeos de donde pudo salir la voz y a acudir a la Agencia Española de Protección de Datos si no atiende. Reclamar a la red social una indemnización por la estafa es otra cosa. La plataforma no hizo la llamada ni clonó la voz, y las normas que regulan su responsabilidad la limitan a lo que conoce y no retira. En la práctica esa vía no prospera y no la recomiendo como estrategia para recuperar el dinero.
Si le usaron a usted como mula
A veces el fraude tiene un segundo capítulo. Después de estafarle, o a cambio de una supuesta devolución, le piden que reciba dinero en su cuenta y lo reenvíe. Quien lo hace se convierte en el eslabón visible de la cadena y puede acabar imputado por blanqueo de capitales del artículo 301 del Código Penal, castigado con prisión de seis meses a seis años, o en su modalidad imprudente, de seis meses a dos años, cuando debió sospechar el origen del dinero. Recibir dinero de un desconocido y reenviarlo a cambio de quedarse un porcentaje es la definición de ese delito. Si le han propuesto algo así, no lo haga, y si ya lo ha hecho, hable con un abogado antes de que le cite la policía.
Reducir la huella de voz y hablar en familia
La prevención cabe en un párrafo. Menos vídeos públicos con la voz de sus hijos, perfiles cerrados, notas de voz que no se reenvían a grupos abiertos. Una palabra clave familiar que no se escriba en ningún chat. Un acuerdo de que nadie de la familia pide dinero por teléfono sin que el otro le devuelva la llamada. Y contarlo a los mayores de la casa, que son el objetivo preferido, con la instrucción concreta de colgar y llamar.
En Perseus & RC Abogados, en A Coruña, llevamos estafas con voz e identidad falsificadas desde la denuncia hasta la reclamación al banco y la responsabilidad civil de quien recibió el dinero. Si le ha pasado, contacte con el despacho con la documentación de la llamada y del pago; cuanto antes se revise, más se puede hacer.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recuperar el dinero si hice yo mismo la transferencia o el Bizum?
Sí, en muchos casos, por dos vías que no se excluyen. La responsabilidad civil del condenado en el proceso penal, que suele alcanzar al titular de la cuenta que recibió el dinero, y la reclamación al banco, cuyo alcance depende de cómo se autorizó la operación y de lo que hizo la entidad. Que usted mismo ordenara el pago no cierra la puerta, pero hace que el análisis sea caso por caso.
¿Qué delito comete el que clona la voz de mi hijo y qué pena tiene?
Un delito de estafa del artículo 248 del Código Penal, con prisión de seis meses a tres años. Si la cantidad no supera los 400 euros es un delito leve castigado con multa, y si supera los 50.000 euros o afecta a muchas personas es estafa agravada del artículo 250, con prisión de uno a seis años.
¿Sirve denunciar si me llamaron desde el extranjero o con número oculto?
Sí. La investigación sigue el rastro del dinero, que pasa por cuentas identificables, y el juzgado competente es el del lugar donde usted hizo el pago, así que no tiene que litigar fuera de España. Si no se identifica al autor, la causa se archiva de forma provisional y se reabre cuando aparecen datos nuevos, lo que con estas redes ocurre con frecuencia.
¿Mi hijo puede denunciar aunque a él no le hayan quitado dinero?
Sí. Su voz es un dato personal protegido y su identidad se ha usado para cometer un delito, por lo que es perjudicado y puede declarar y personarse en la causa. Si es menor, actúan por él los padres. Además puede exigir a la plataforma la retirada de los vídeos de donde salió el audio.