Le piden pagar impuestos para retirar sus ganancias

No pague. Esa tasa o impuesto para liberar las ganancias es la segunda fase de la estafa de inversión, delito del artículo 248 del Código Penal. Denuncie.

Llevo medio año metiendo dinero en una plataforma de trading, el panel marca más de 40.000 euros de beneficio y ahora el asesor me dice que para retirarlos tengo que ingresar primero 6.500 euros de «impuestos», ¿es normal? No lo es y no debe pagarlo, porque esa tasa es la segunda fase de la misma estafa y cada euro que ingrese ahora se suma al perjuicio del delito del artículo 248.1 del Código Penal. Las ganancias que ve en pantalla son una cifra escrita en una web que controlan los autores, el dinero que fue ingresando salió hacia cuentas de terceros desde el primer día, y ninguna autoridad fiscal cobra el impuesto sobre una ganancia antes de que se declare en la renta del año siguiente. Una estafa de inversión online es un delito patrimonial que se persigue en el juzgado de instrucción, y recuperar algo depende de que el rastro de los pagos se asegure antes de que el dinero salga de cuentas identificables.

No pague la tasa, exporte los chats y avise al banco

Lo primero que le pedirán tras la tasa de impuestos es una «comisión de liberación», después una «verificación antiblanqueo» y luego un «seguro del capital». Ninguna de esas figuras existe en una entidad autorizada. Un bróker con licencia retiene lo que la ley le obliga a retener y lo refleja en un certificado fiscal, pero jamás pide un ingreso nuevo para liberar un saldo. La regla que resuelve la duda es simple, si para cobrar tiene que pagar, no va a cobrar.

Hay cosas que están en su mano esta misma tarde y que no sustituyen a nadie, pero evitan que el caso se deteriore.

Exporte las conversaciones completas de WhatsApp o Telegram con el asesor antes de bloquearlo, porque bloquearlo primero y exportar después suele dejar el chat incompleto. Guarde los correos con sus cabeceras, las capturas del panel con el saldo, la dirección web de la plataforma, los nombres y teléfonos que usaron y los documentos que le enviaron, incluido cualquier contrato o certificado con membrete. Reúna los justificantes de cada transferencia y cada pago con tarjeta, con la fecha, el importe, el beneficiario y el IBAN o la entidad de destino. Si pagó en criptomonedas, guarde los identificadores de cada transacción y la dirección de la cartera a la que envió los fondos.

Llame a su banco para intentar la retrocesión de las últimas transferencias y para bloquear la tarjeta si la dio en la plataforma. Las posibilidades de que una transferencia vuelva bajan con cada hora, de modo que ese aviso va antes que cualquier otra gestión.

Si el asesor le hizo instalar un programa de acceso remoto para «ayudarle a operar», desinstálelo, cambie las claves de la banca y del correo desde otro dispositivo y revise los movimientos de todas sus cuentas. Ese acceso es, además, un delito distinto, que explico en el artículo sobre acceso ilícito a sistemas. No firme ningún documento nuevo que le remitan ni envíe otra copia de su DNI, porque con esa documentación se abren cuentas a su nombre.

De la primera llamada a la pantalla de retirada, cómo está montada la estafa

Las plataformas falsas de inversión tienen variantes y el esquema se repite con pocos cambios. El gancho es un anuncio en una red social con la cara de un presentador o de un empresario conocido, un contacto por WhatsApp o Telegram que ofrece un grupo de «señales» de inversión, una persona que lleva semanas hablando con usted en una aplicación de citas y un día cuenta cómo gana con criptomonedas, o un falso bróker con web cuidada, teléfono con prefijo europeo y un «gestor de cuenta» que llama a diario.

El primer depósito es pequeño, a menudo 250 euros, y el panel enseña beneficio a los pocos días. A veces se permite una retirada pequeña, que funciona, porque es la inversión del autor para que el siguiente ingreso sea mayor. Después el gestor propone operaciones «apalancadas» y un «bono» que se pierde si retira, y el saldo crece sin relación con ningún mercado. Cuando el cliente pide retirar una cantidad relevante empieza la segunda fase, la de los impuestos y las comisiones, que puede durar meses y sacar más dinero que la primera.

El panel es software. La cotización, el beneficio y el historial de operaciones los escribe quien controla la web, y por eso aparecen ganancias en fin de semana o en productos que no cotizan. El dinero real tomó un camino único, de su cuenta a cuentas de personas o sociedades que los autores usan como pantalla, en España o en otro Estado, y desde ahí a criptomonedas o a nuevas transferencias en cuestión de horas.

El bróker sin licencia y las advertencias de la CNMV

La Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, reserva la prestación de servicios de inversión en España a entidades autorizadas e inscritas en el registro de la CNMV o que operen con pasaporte de otro supervisor europeo, y faculta a la CNMV para publicar advertencias sobre las que lo hacen sin autorización. Esa lista de «chiringuitos financieros» está en la web del supervisor y se actualiza con frecuencia, igual que las de sus homólogos europeos.

Comprobar el nombre de la plataforma ahí tiene valor probatorio. Que la entidad figure en una advertencia pública o que no exista en ningún registro refuerza la denuncia, porque elimina la discusión sobre si hubo una inversión real que salió mal. Pero no espere a que aparezca para actuar, las webs se renombran cada pocos meses precisamente para esquivar esas listas, y la CNMV no recupera dinero, su función es supervisar y sancionar.

Artículos 248, 250 y 74, la pena según lo que le sacaron en total

El artículo 248.1 del Código Penal castiga como estafa el engaño bastante que lleva a otro a un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. La plataforma falsa cumple cada elemento, el engaño es la apariencia de inversión, la disposición es cada transferencia y el perjuicio es todo lo ingresado, incluidas las tasas de la segunda fase. La pena básica, para perjuicios superiores a 400 euros, es de seis meses a tres años de prisión conforme al artículo 249.

El artículo 250 agrava la pena cuando concurren circunstancias que en estas causas son casi la norma. La del apartado 1.5º se aplica si la defraudación supera los 50.000 euros o afecta a un elevado número de personas, y la del 1.6º si hay abuso de credibilidad empresarial o profesional, que es exactamente lo que hace un falso gestor con web, licencia inventada y certificados con membrete. En cualquiera de esos casos la pena pasa a ser de uno a seis años de prisión y multa. Si el perjuicio supera los 250.000 euros, el apartado 2 del mismo artículo eleva la pena a cuatro a ocho años.

Cuantía defraudada Precepto Pena Prescripción
Hasta 400 euros Art. 249 (delito leve) Multa de uno a tres meses Un año
Más de 400 euros Art. 249 Prisión de seis meses a tres años Cinco años
Más de 50.000 euros Art. 250.1.5º Prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses Diez años
Más de 250.000 euros Art. 250.2 Prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses Diez años

El artículo 74 cuenta en estas estafas porque los pagos fueron varios. En las infracciones contra el patrimonio, su apartado 2 ordena atender al perjuicio total causado para fijar la pena, de modo que una serie de ingresos de 3.000 y 5.000 euros que suman 60.000 se juzga como una estafa de 60.000 euros y no como veinte estafas pequeñas. Para usted tiene dos consecuencias, la calificación agravada del 250 se alcanza con la suma, y la responsabilidad civil que el condenado debe pagar se fija sobre todo lo que salió de su cuenta.

Esa responsabilidad civil derivada del delito es la vía por la que el juzgado penal, en la misma sentencia, condena a devolver el dinero. No hace falta un pleito civil aparte. Lo que sí hace falta es que exista alguien condenado y algo embargable, y eso depende de que el rastro de los pagos se haya trabajado desde el principio. En el despacho ejercemos la acusación particular en estas causas y preparamos la denuncia con ese rastro cerrado, como se explica en la página sobre estafas.

Lo que puede aportar el banco cuando las transferencias las ordenó usted

Las transferencias a la plataforma las autorizó usted, de modo que no entran en la devolución que la normativa de servicios de pago impone al banco en las operaciones no autorizadas. Eso cierra la vía más directa, pero no todas. La misma normativa exige a las entidades una diligencia en la vigilancia de operaciones inusuales, y varias Audiencias Provinciales han condenado a bancos a responder, total o parcialmente, cuando una cuenta con movimientos domésticos empezó a enviar transferencias de miles de euros a una sociedad extranjera y nadie avisó, preguntó ni bloqueó.

Si esa reclamación procede en su caso depende del perfil de su cuenta, de los avisos que el banco hizo y de lo que usted contestó cuando los hizo, porque un cliente que confirmó la transferencia después de que la entidad le advirtiera del riesgo tiene una posición muy distinta de otro al que nadie dijo nada. Cómo se plantea esa reclamación, con qué documentos y en qué orden respecto de la denuncia, es trabajo del abogado. Los pagos con tarjeta tienen un camino propio a través de los sistemas de devolución de las redes de pago, con requisitos que el banco no suele explicar. En el artículo sobre recuperar el dinero de una ciberestafa está desarrollada la diferencia entre lo que el banco debe devolver por ley y lo que puede responder por falta de diligencia.

Pagos en criptomonedas, el exchange y la cuenta mula del artículo 301

Si compró criptomonedas en un exchange y las envió a la cartera que le indicaron, el delito es el mismo y cambia la prueba. Cada transacción en la cadena de bloques es pública y rastreable, y los exchanges que operan en la Unión Europea están sujetos a identificación de clientes y, desde el Reglamento MiCA, a autorización. Eso permite al juzgado requerir la identidad del titular de la cuenta en la que terminaron los fondos cuando pasaron por una plataforma regulada. Si los autores los movieron a servicios sin identificación o a carteras privadas, el rastro se mantiene pero la identificación se complica, y conviene saberlo antes de gastar en peritos.

Cuando el pago fue por transferencia a una cuenta en España, el titular existe y es localizable. Normalmente es una persona que cedió su cuenta a cambio de una comisión, la llamada mula. El artículo 301 del Código Penal castiga el blanqueo de capitales con prisión de seis meses a seis años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes, y su apartado 3 mantiene el castigo, con prisión de seis meses a dos años, cuando la conducta se comete por imprudencia grave, que es el caso de quien prestó la cuenta sin saber qué dinero pasaba por ella pero con motivos de sobra para sospecharlo. Esa persona suele ser el único condenado al final de la causa y, por tanto, el único al que se le puede embargar. Si es usted quien prestó una cuenta para «recibir unos pagos de la plataforma» y reenviarlos, está en esa posición y necesita defensa penal desde ahora.

Del artículo 259 al 110 de la LECrim, lo que sigue a la denuncia y hasta cuándo puede presentarla

La denuncia puede presentarla cualquiera en comisaría, en la Guardia Civil o directamente en el juzgado, y el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal convierte en obligación lo que para usted es, sobre todo, una necesidad. El artículo 13 permite al juez instructor adoptar desde el primer momento las medidas para proteger al perjudicado y asegurar el resultado del delito, lo que en estas causas se traduce en el bloqueo de las cuentas receptoras y de los saldos en exchanges. Ese bloqueo solo sirve si se pide antes de que el dinero salga, y por eso una denuncia genérica presentada una semana más tarde, sin IBAN de destino ni identificadores de las transacciones, llega a un juzgado que no tiene a quién requerir.

El artículo 110 le permite personarse como acusación particular hasta el trámite de calificación. Sin esa personación es un testigo, recibe la notificación del archivo y poco más. Con ella puede proponer diligencias, recurrir el sobreseimiento, pedir el embargo y reclamar la responsabilidad civil. Una querella firmada por abogado y procurador hace lo mismo desde el primer día y con la calificación jurídica ya puesta. Qué conviene en cada caso depende de la cuantía y de si hay cuentas en España o en la Unión Europea a las que llegar.

En cuanto al juzgado, el bróker que dice tener sede en Chipre o en Estonia no desplaza la competencia. El Tribunal Supremo aplica en las estafas a distancia la teoría de la ubicuidad, de modo que es competente el juzgado del lugar donde el perjudicado realizó la disposición patrimonial, normalmente el de su domicilio. Una persona de A Coruña denuncia en A Coruña aunque la cuenta de destino esté en Lituania y la web en un servidor de Singapur. Perseguir a quien está fuera de España pasa por la orden europea de investigación dentro de la Unión y por comisiones rogatorias fuera de ella, instrumentos lentos pero reales, y en muchas causas la condena alcanza solo a las mulas localizadas en España.

La prescripción se cuenta desde el último pago. El artículo 131 del Código Penal fija cinco años para la estafa básica y diez para la agravada del artículo 250, como recoge la tabla anterior. Hay tiempo para denunciar, pero no lo hay para asegurar el dinero, que es cosa de días.

Cuando el juzgado archiva y meses después llama un despacho que promete recuperar su dinero

El sobreseimiento provisional por no estar identificados los autores es frecuente y no cierra la causa, que puede reabrirse si aparecen datos nuevos mientras no prescriba el delito. Lo que sí termina con el archivo son las medidas cautelares, así que lo que no se bloqueó antes no se bloqueará después.

Meses después del archivo, o incluso antes, suele llegar una llamada o un correo de una supuesta firma de recuperación de fondos, un «bufete internacional», una «agencia de ciberseguridad» o alguien que dice hablar en nombre de la CNMV, de la Policía o del propio banco, con la noticia de que su dinero ha sido localizado y de que para liberarlo hace falta un pago por adelantado en concepto de tasa, fianza o verificación. Es la tercera fase. Los datos de las víctimas se revenden entre grupos, y quien llama sabe cuánto perdió y en qué plataforma precisamente porque viene de ahí. Ningún organismo público cobra por devolver dinero, ningún juzgado pide una fianza por transferencia y ningún abogado cobra una tasa para «desbloquear» fondos antes de haber visto el expediente. Quien ya pagó a un recuperador tiene una segunda estafa que denunciar, con los mismos artículos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recuperar el dinero que perdí en una inversión online falsa y en qué casos es realista?

Sí, y es realista cuando el dinero sigue en cuentas o exchanges identificables al pedir el bloqueo, cuando el titular de la cuenta receptora es localizable y tiene bienes, o cuando el banco incumplió su deber de diligencia ante transferencias inusuales. No compensa contratar abogado por unos cientos de euros enviados en criptomonedas a una cartera privada; ahí lo razonable es denunciar y no gastar más.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar una estafa de inversión?

Cinco años desde el último pago en la estafa básica y diez años en la agravada del artículo 250, que es la habitual por superar 50.000 euros o por abuso de credibilidad profesional, porque el artículo 131 del Código Penal fija la prescripción según la pena máxima. Ese plazo es para denunciar; asegurar el dinero exige pedir el bloqueo de las cuentas receptoras en los primeros días.

La denuncia con el rastro del dinero, lo primero que hay que presentar y quién lo redacta

El paso que toca ahora es una denuncia que identifique cada pago, su cuenta de destino y los identificadores de las transacciones en criptomonedas, con la petición de bloqueo de esas cuentas y la personación como acusación particular, presentada antes de que el dinero deje de estar donde está. Eso lo redacta el abogado que va a dirigir la causa, porque de cómo se plantee depende que el juzgado tenga a quién requerir y que la reclamación al banco no choque con lo denunciado. En Perseus & RC Abogados ejercemos la acusación particular en estafas de inversión y preparamos esa denuncia junto con la reclamación a la entidad cuando procede. Puede ver cómo trabajamos en la página de delitos informáticos y escribirnos desde contacto o llamar al +34 677 841 007.