Cuando quien sufre acoso digital no actúa, la exposición al hostigamiento no es el único coste, la acción penal frente al presunto responsable puede prescribir, y las pruebas del acoso, capturas, mensajes, publicaciones, se pierden o pierden valor con el paso del tiempo. Callar no frena nada, deja correr el plazo y complica después demostrar los hechos ante un juez. Con el tiempo en contra, muchas víctimas dudan si todavía merece la pena denunciar.
Se puede, y sí la tiene. El ciberacoso puede ser delito, y como víctima le asiste el derecho a que cese y a que le protejan.
Puede encajar en varios delitos
Según cómo se manifieste, el acoso por internet cabe en figuras distintas, el acecho u hostigamiento (el stalking), las amenazas, las coacciones, la suplantación de identidad, la difusión de datos o imágenes, las injurias y calumnias. No es “cosa de redes” ni algo menor, es conducta que la ley persigue.
Qué protección puede conseguir
Como víctima puede aspirar a.
- Que el acoso cese, con medidas de protección frente a quien le hostiga, incluida en su caso una orden de alejamiento.
- La condena del responsable.
- Una indemnización por el daño.
- La retirada de contenidos y la identificación de quien se esconde tras un perfil.
Aunque no sepa quién está detrás
Es de las dudas que más se repiten, “me acosan desde una cuenta anónima, no tengo ni idea de quién es”. No poder ponerle cara no le deja sin opciones. Hay maneras de intentar identificar a quien se oculta tras un perfil, y ahí el trabajo sobre la prueba electrónica es lo que marca la diferencia. Nuestra área es delitos informáticos.
Guarde lo que recibe
Cada día que pasa sin actuar juega en su contra, las capturas caducan en los servidores, los perfiles se cierran o cambian de nombre, y el plazo para denunciar corre mientras usted decide. En un caso así, en el despacho trabajamos primero sobre la prueba electrónica, para fijarla con validez y, si es posible, identificar a quien se esconde tras el perfil. Llámenos al +34 677 841 007 o contacte con el despacho, en el área de delitos informáticos atendemos este tipo de asuntos. Cuando llame, tenga a mano capturas de pantalla de cada mensaje o publicación, con fecha y hora visibles, el nombre del perfil o cuenta desde el que le acosan, y anote desde cuándo se repite la conducta.
Preguntas frecuentes
Me acosan desde una cuenta anónima, ¿se puede hacer algo?
Sí. No conocer la identidad del acosador no cierra la vía, existen mecanismos para intentar identificar a quien se oculta tras un perfil. El trabajo técnico sobre la prueba electrónica es clave en estos casos.
¿Puedo conseguir una orden de alejamiento por acoso online?
Según las circunstancias y la gravedad, es posible solicitar medidas de protección, que pueden incluir la prohibición de acercamiento o de comunicación. Lo valoramos en función de su caso.
¿Qué hago con los mensajes o publicaciones que recibo?
Consérvelos sin borrar nada y no responda al acoso. Ese material es la base para denunciar y para pedir protección; le ayudamos a que tenga validez.
El acoso viene de mi expareja, ¿cambia algo?
Sí. Cuando el acoso procede de una pareja o expareja puede activar una protección reforzada. Es importante asesorarse cuanto antes para activar las medidas adecuadas.